El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Renatre) aprobó un Plan Especial de Facilidades de Pago destinado a empleadores rurales que regularicen relaciones laborales no registradas en el marco del Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER), establecido por la Ley 27.802.
“La medida, formalizada mediante la Resolución 100/2026, se publicó en el Boletín Oficial el 26 de octubre y estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año”, sostiene una información emitida por el organismo.
La iniciativa busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones con el organismo e incentivar la registración laboral en el ámbito rural, mediante alternativas de financiación que contemplan reducciones en los intereses resarcitorios según la cantidad de cuotas elegidas.
El plan contempla la posibilidad de regularizar las deudas por contribuciones al Renatre y los intereses resarcitorios correspondientes a los trabajadores incorporados al sistema formal a través del programa. El esquema prevé hasta 12 cuotas mensuales, con una tasa de financiación del 1,5% mensual.
Uno de los principales beneficios del régimen son las quitas de intereses, que varían de acuerdo con la modalidad de pago elegida. Para quienes opten por cancelar la deuda en un solo pago o en hasta tres cuotas, la reducción alcanzará el 50% de los intereses resarcitorios.
En tanto, los empleadores que acuerden planes de entre cuatro y seis cuotas podrán acceder a una quita del 40%, mientras que para los esquemas de siete a 12 cuotas el beneficio será del 30%.
Además, el Renatre estableció una alternativa excepcional para empleadores afectados por situaciones de emergencia o desastre agropecuario debidamente acreditadas. En esos casos, podrán solicitar la extensión del financiamiento hasta un máximo de 24 cuotas.
La adhesión estará disponible para los empleadores rurales que hayan regularizado la totalidad de las relaciones laborales no registradas detectadas en sus establecimientos durante las fiscalizaciones realizadas por el organismo, en el marco del Régimen de Promoción de Empleo Registrado.
Sin embargo, la resolución establece restricciones para determinados casos. Quedarán excluidos quienes tengan denuncias vigentes por presunta explotación laboral, trata de personas o trabajo infantil.
Tampoco podrán acceder quienes mantengan trabajadores sin registrar, salvo que hayan regularizado todas las situaciones detectadas en inspecciones anteriores, ni aquellos que registren cuotas vencidas de planes de pago previos.
FUENTE: InfoCampo.