viernes 24 de julio de 2026 - Edición Nº1129

Nacionales | 24 jul 2026

REFORMA LABORAL

El BCRA habilitó el pago de salarios en dólares a través de cuentas sueldo

12:53 |La autoridad monetaria oficializó la reglamentación para hacer efectiva la posibilidad de cobrar las remuneraciones laborales en moneda extranjera, aprobada por ley en febrero.


El Banco Central (BCRA) habilitó este viernes el pago de salarios en dólares a través de un cambio en la normativa de las cuentas sueldo. Así, la autoridad monetaria reglamentó uno de los aspectos pendientes de la reforma laboral, aprobada por el Congreso en febrero.

El BCRA emitió esta mañana la comunicación "A" 8460, en la que dispuso "Incorporar al dólar estadounidense como moneda admitida para la captación de depósitos en la 'Cuenta sueldo'".

De esta manera, las empresas y trabajadores podrán, respectivamente, pagar y cobrar los salarios en dólares. Hasta ahora, la regulación bancaria solo permitía las acreditaciones en pesos en las cuentas sueldo.

Fuentes oficiales dijeron que el BCRA "actualizó la normativa sobre cuentas sueldo para adecuarla a la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, cuyo artículo 34 sustituye el artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y establece que el salario debe ser satisfecho en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera".

Asimismo, agregaron que, a partir de esta modificación, las cuentas sueldo pueden estar denominadas en pesos o en dólares estadounidenses. Para ello, según lo dispuesto por la normativa, deberá haber un acuerdo entre empleado y empleador.

Lo cierto es que no existe, por el momento, una perspectiva de adopción masiva del pago de salarios en dólares. No solo porque la amplia mayoría de las transacciones en Argentina se sigue realizando en pesos, a pesar del carácter bimonetario de su economía. También porque hay restricciones del cepo cambiario que aún continúan vigentes para las empresas.

Cómo serán las cuentas sueldo

La nueva normativa emitida este viernes por el BCRA aclara que la operatoria de depósito y extracción de fondos en efectivo de las cuentas sueldo en dólares estadounidenses "es obligatoria en la sucursal de radicación de la cuenta".

Con todo, señala que también podrán realizarse depósitos y extracciones en dólares, "en la medida que las entidades cuenten con esa disponibilidad operativa de numerario, en las demás sucursales, en cajeros automáticos y terminales de autoservicio".

Además, la autoridad monetaria precisó que la gratuidad de la cuenta sueldo en dólares tendrá validez "hasta el monto de las acreditaciones derivadas de la relación laboral acumulando los importes no retirados sin límite de tiempo". Por lo que la gratuidad para montos que excedan la remuneración salarial no será obligatoria para los bancos.

 

FUENTE: Ámbito.

 

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