El Gobierno nacional modificó las reglas para el patentamiento de desarrollos en biotecnología agrícola. A través de la resolución 197/2026, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) dejó sin efecto una normativa de 2015 que imponía criterios más restrictivos para registrar invenciones vinculadas con materia viva.
La medida fue destacada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien sostuvo en la red social X que el cambio permitirá fortalecer la protección de la propiedad intelectual.
La resolución deroga la norma 283 de 2015, aprobada durante el segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner.
Entre otros requisitos, exigía que los componentes biológicos modificados estuvieran aislados para acceder a una patente, una condición que distintos sectores de la industria consideraban un obstáculo para proteger desarrollos tecnológicos.
Desde ahora, se flexibilizan esos criterios, aunque la legislación mantiene una limitación: las plantas, los animales y los procedimientos esencialmente biológicos para su reproducción o producción continúan excluidos del régimen de patentabilidad previsto por la ley.
En el texto de la resolución también se modificó un apartado del reglamento del INPI para precisar que “no se considerará invenciones a las plantas, los animales y los procedimientos esencialmente biológicos para su reproducción o producción (obtención)”, en línea con lo establecido por la legislación vigente.
FUENTE: La Nación