La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó la apelación del gobierno nacional y confirmó la medida cautelar que había ordenado al Poder Ejecutivo aplicar la Ley de Financiamiento Educativo Universitaria y Recomposición del Salario Docente.
Puntualmente, la medida cautelar exige que la administración pública cumpla de inmediato con los artículos 5 y 6 de la ley 27.795, que refieren a la actualización de los salarios de los docentes y no docentes de las universidades públicas entre el período 1/12/2023 hasta la sanción de la ley, en septiembre del 2025. También peticiona la recomposición de todos los programas de becas de los estudiantes.
En sus argumentos, los jueces Sergio Fernández y Jorge Morán plantean que resultan poco serios los agravios presentados por el Estado relativos a que la medida cautelar constituiría una sentencia definitiva encubierta.
Además, resaltaron especialmente que el impacto fiscal de la aplicación de la cautelar es bajo y no se afecta sustancialmente el interés público; por el contrario, estaba en juego un derecho central de la Constitución como la educación superior pública.
La cautelar había sido dictada en diciembre del año pasado por el juez federal Enrique Cormick, en el marco de una acción de amparo promovida por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y otras entidades del sistema universitario. La presentación contaba con el respaldo de más de 40 universidades públicas.
En su momento, el magistrado consideró que el Decreto 759/2025 -que suspendió la ejecución de la Ley 27.795 y estableció que la norma solo podrá aplicarse cuando se determinen recursos específicos para solventarla- tenía rasgos de “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta”.
Además, sostuvo que existía una “inobservancia clara e incontestable de un deber jurídico, concreto y específico” ante la demora, por su impacto en el funcionamiento universitario.
Sin embargo, Nación calificó la decisión judicial como “arbitraria” y argumentó que la ley requiere definir previamente sus fuentes de financiamiento e incorporar las partidas correspondientes en el Presupuesto. Según el Gobierno, la cuestión presupuestaria compete al Congreso de la Nación y no al Poder Judicial. También advirtió sobre sus posibles efectos en el equilibrio fiscal, algo que fue desacreditado por la Cámara en su fallo.
FUENTE: Infobae