miércoles 18 de marzo de 2026 - Edición Nº1001

Nacionales | 18 mar 2026

NUEVO ESQUEMA

El Gobierno derogó la norma que limitaba las patentes de medicamentos

14:31 |La medida conjunta del Ministerio de Salud, Ministerio de Economía y el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial habilita un análisis caso por caso, con un régimen especial para proteger productos ya en el mercado.


El Gobierno dispuso la derogación del régimen vigente desde 2012 para el análisis de patentes de medicamentos y estableció un nuevo esquema que deja en manos del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) la evaluación caso por caso de las solicitudes.

La decisión se formalizó mediante la Resolución Conjunta 1/2026 del Ministerio de Salud, el Ministerio de Economía y el INPI, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Con la medida, el Ejecutivo eliminó las “Pautas para el examen de patentabilidad de las solicitudes de patentes sobre invenciones químico-farmacéuticas”, vigentes desde 2012, al considerar que resultaba necesario “no restringir la competencia” del INPI para analizar las presentaciones.

Según los considerandos, el cambio apunta a “promover la innovación e incrementar la disponibilidad de nuevos productos”, además de generar mayor previsibilidad jurídica para el desarrollo de la industria farmacéutica.

A partir de ahora, el INPI determinará en cada caso la patentabilidad de las invenciones, en función de los requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial establecidos por la Ley 24.481.

Uno de los puntos centrales de la norma es la introducción de un esquema transitorio: las nuevas patentes no podrán bloquear la comercialización de medicamentos que ya estén en el mercado al momento de entrada en vigencia de la resolución.

En esos casos, la normativa establece que los titulares de las patentes “no tendrán derecho a impedir la continuación de la comercialización ni a requerir una retribución”, lo que busca evitar conflictos con productos ya disponibles.

 

FUENTE: Ámbito.

 

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