Este viernes a las 8 de la mañana empezó el periodo de veda electoral. Se trata del periodo previo a las elecciones en el que los candidatos ya no pueden hacer actos proselitistas, entre otras restricciones. Qué se puede hacer, qué no y la nueva prohibición que trajo la boleta única de papel.
La veda está reglamentada en el Código Electoral Nacional y abarca a todas las jurisdicciones. La norma tiene prohibiciones para dirigentes y partidos políticos, pero también para electores y comerciantes. Por ejemplo, los espectáculos populares y la venta de bebidas alcohólicas están prohibidos.
La novedad de esta veda, al menos para el electorado bonaerense, tiene que ver con el debut de la boleta única de papel (BUP). Esta nueva herramienta de votación impuso una serie de cambios organizativos como el uso de biombos en reemplazo del cuarto oscuro para que la autoridad de mesa corrobore en todo momento el voto.
Acá aparece la nueva prohibición de la veda electoral, que figura en el inciso g del artículo 71 de la ley. Según la norma, los electores tienen prohibido sacarle fotos a la boleta durante los comicios. Cabe recordar que cualquier incumplimiento puede ser sancionado y en este caso podría anularse el voto.
Anteriormente, con la boleta partidaria, también llamada boleta sábana, una vez que la persona que iba a votar recibía el sobre y entraba al cuarto oscuro ni la autoridad de mesa ni los fiscales podían saber qué hacia. Esto, que podía generar algunos conflictos, servía para garantizar el secreto del voto, cosa que ahora debe resguardarse con los plieges de la BUP.
Qué no se puede hacer durante la veda electoral
FUENTE: Infocielo