martes 25 de marzo de 2025 - Edición Nº643

Nacionales | 27 feb 2025

“DÉBIL MENTAL E IDIOTA”

Fuerte repudio a los términos utilizados en una resolución oficial sobre discapacidad

La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) usó una terminología calificada de “ofensiva y obsoleta” por especialistas y organizaciones, en evaluaciones médicas para acceder a pensiones por invalidez laboral.


El Gobierno nacional decidió dar marcha atrás luego de un error que provocó el repudio generalizado de familiares y especialistas en discapacidad: avaló que las comunicaciones oficiales llamen "idiota", "imbécil" y "débil mental" a las personas con retardos mentales. La medida fue definida por la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), en la Resolución 187/2025 que publicó en el Boletín Oficial el pasado 14 de enero.

En ese marco, el doctor en Estudios sobre Desarrollo y profesor universitario Julen Bollain expresó que la decisión "viola acuerdos internacionales contra la discriminación. Es una barbaridad". Según detalló, la publicación define a "idiota" a las edades de 0 a 30 años, "imbécil" de 30 a 50 y "débil mental profundo" de 50 a 60. También se menciona la clasificación "débil mental moderado" de 60 a 70 años y "débil mental leve" de 70 a 90 años.

Desde la Asociación Síndrome de Down de la República Argentina (ASDRA) y la Red Argentina Trisomía 21 emitieron un comunicado en el que califican de “ofensivos y obsoletos” los términos utilizados por ANDIS).

Tras el fuerte repudio, la ANDIS expresó a través de una misiva: "Queremos aclarar que la publicación de los términos en cuestión no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta".

Asimismo, prometieron que "la Resolución 187/2025 y su anexo serán modificados siguiendo los estándares médicos y normativos vigentes, con el objetivo de garantizar que la terminología utilizada esté alineada con las referencias internacionales, como la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) y el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5)".

"Es importante aclarar que esta corrección no modificará el baremo ni sus criterios de evaluación", remarcaron y subrayaron su "compromiso con un sistema de evaluación justo, transparente y basado en criterios médicos y en un análisis integral de la situación socioeconómica de las personas, que garantice que las pensiones no contributivas por invalidez laboral sean otorgadas a quienes realmente las necesitan".

 

 

FUENTE: Ámbito / Infobae

 

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